CUESTIONARIO

1-¿Como se dividen las infracciones en el nuevo anteproyecto del código penal?
Esta división esta contenida en art. 13 del anteproyecto del código penal, que reza de la siguiente forma: Las infracciones previstas en este código se clasifican según la gravedad o la lexivida personal y social que extraña la actuación u omisión unible cometida, como:
Graves
Menos Graves, y
Leves o Contravencionales
2-¿Cual es la división de la pena en este tipo de infracción?
Según el art. 14 del nuevo anteproyecto del código penal esta se clasifican en atención al bien jurídico afectado, en:
Privativas o restrictivas de libertad
Privativas o restrictivas de derecho, y
Pecuniarias
3-¿Que es la legítima defensa?
Según el art. 9 del nuevo anteproyecto del código penal se considera legítima defensa el acto dirigido a rechazar de modo simultaneo, necesario y proporcional la agresión actual, inminente e injustificada que tienda a ejecutarse contra una persona.
4-¿Cuales son los elementos constitutivos de la legitima defensa?
Los elementos constitutivos de la legítima defensa son cuatro, que son:
Que haya una agresión
Que el acto dirigido a rechazar la agresión sea necesaria simultanea y proporcional
Que la agresión sea actual inminente e injustificada
Que esta este dirigida contra otra persona o el agente
5-¿Que es la excusa legal de la provocación?
La excusa es un hecho determinado por al ley y que dejando subsistir la culpabilidad, comprende una exención o solamente o disminución de la pena.
6-¿Cuales son los requisitos para que exista la excusa legal?
Deben estar expresamente establecidas o señaladas por la ley…
7-¿Cual es la diferencia entre cómplice y coautor?
La diferencia que existe entre cómplice y coautor es que los coautores participan juntos en la comisión de la infracción, colaboran el uno al otro, mientras que los cómplices intervienen en un segundo plano, para inspirar o provocar el delito, o ayudar al delincuente a la ejecución.
8-¿Que es la complicidad?
Cooperación o participación en la comisión de un delito: esta acusado de complicidad en el secuestro.
9-¿Que es la tentativa?
Es una manifestación que se da por un comienzo de ejecución que ella tenido la intención de realizar cierto y determinado crimen y que no se haya conseguido el fin perseguido por causa independiente a la voluntad de la gente.
10-¿Explique cuando hay tentativa?
Hay tentativa cuando hay un comienzo o principio de ejecución y el agente por circunstancias ajenas a su voluntad no logra alcanzar los fines deseados.
11-¿Cuando se castiga la tentativa de infracción grave?
Esta es siempre punible según el art. 7 del nuevo anteproyecto del código penal.
12-¿Cuando se castiga la tentativa de infracción menos grave?
Las tentativas de infracción menos grave es punible cuando así lo disponga el texto de ley que la incriminen.
13-¿Cual es la diferencia entre infracción y delito?
La diferencia existente es que cuando hablamos de infracción hablamos de algo genérico, mientras que el delito se refiere a un tipo de infracción que castiga nuestro código penal vigente, establecido en la clasificación tripartita contenida en el art. 1 de esta.
14-¿Que son las circunstancias atenuantitas?
Son hechos accidentales de la infracción no previstos taxativamente por la ley, que el juez aprecia soberanamente y cuyo efecto es disminuir las penas normalmente aplicables a la infracción.
15-¿Enumere circunstancias atenuantes?
La demencia
El alcoholismo
El menor de edad, Etc.

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